La Ordenanza Municipal N° 4981 prohíbe la presencia de perros en la playa entre el Muelle Storni y el Ecocentro todo el año. En la rambla solo se permite entre las 20 y las 8 horas.
La Municipalidad de Puerto Madryn recordó las normas vigentes para el paseo de perros en espacios públicos. La Ordenanza N° 4981 prohíbe la presencia de canes en la playa comprendida entre el Muelle Storni y el Ecocentro durante todo el año. En la rambla, la circulación está permitida únicamente entre las 20 y las 8 horas del día siguiente.
Durante el paseo, los perros deben circular con collar o pretal y correa. Los de razas consideradas fuertes deben usar también bozal. El incumplimiento puede generar accidentes, inconvenientes a otros usuarios del espacio público y problemas de higiene que afectan la salud de vecinos y visitantes.
Desde la Dirección de Veterinaria y Zoonosis se realizan semanalmente campañas gratuitas de vacunación y castración en distintos barrios de la ciudad, complementadas con tareas de concientización sobre la tenencia responsable. El Municipio apela al compromiso de toda la comunidad para mantener espacios públicos más seguros, limpios y accesibles para todos.